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Los alcaldes cobrarán incluso al vetar proyectos urbanísticos

17/05/2010

El Tribunal Supremo acude en ayuda de los ayuntamientos en un momento en el que se atraviesa una etapa de falta de liquidez y dificultad en la financiación. Ha dictado la primera sentencia aplicable a tasas urbanísticas -y extensible muy probablemente a licencias de cualquier tipo- en la que se impone el deber del pago de tales tributos aunque se haya denegado la licencia urbanística.

El Supremo explica que el mero despliegue de medios ?con los consiguientes costes de la actividad? que realiza la Administración, en este caso municipal, ya justifica por sí misma el cobro y el pago de la tasa, aunque finalmente no beneficie a quien solicitó la licencia. Esto supone un cambio radical respecto a lo que se entendía hasta ahora, en el sentido de que si se denegaba la licencia desaparecía el motivo para girar la tasa. [?]

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